Si en términos generales toda ordenación jurídica no puede concebirse ni instaurarse a espaldas de las exigencias de la realidad social a que va destinada, tanto más ha de ser de esta forma…
Para librarse de que los inquilinos dejen de pagar el alquiler, el propietario de la vivienda puede demandar tras el primer mes de impago y sin necesidad de que se acumulen más impagos.
El miedo a equivocarse con un inquilino moroso inquieta cada vez más a los arrendadores. Y no es de extrañar. Según el VII Estudio del Fichero de Inquilinos Morosos (FIM)